La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca derogó ocho resoluciones fitosanitarias dictadas entre 1992 y 2013, entre ellas la que establecía el uso obligatorio de un cuaderno manual para productores de manzanas y peras. La medida fue publicada este lunes 20 de julio en el Boletín Oficial, mediante la Resolución 114/2026, y comenzará a regir el martes 21.
El Gobierno justificó la decisión al considerar que las normas habían cumplido su objetivo, regulaban situaciones transitorias o habían sido reemplazadas por procedimientos técnicos, sistemas informáticos y mecanismos de trazabilidad más modernos.
La derogación no implica que las actividades involucradas queden sin fiscalización. Según la resolución, los controles sobre sanidad vegetal, importaciones, residuos de plaguicidas y circulación de productos ya están contemplados en instrumentos posteriores y procedimientos actualizados.
Deja de ser obligatorio el cuaderno manual
Uno de los cambios más concretos es la eliminación de la Resolución 405 de 1998, que obligaba a productores de manzanas y peras de determinadas regiones a utilizar un Cuaderno Fitosanitario.
Ese registro servía para anotar manualmente las aplicaciones de productos realizadas en los establecimientos frutícolas. Agricultura explicó que el sistema fue sustituido por mecanismos modernos de registración, fiscalización y trazabilidad.
De esta manera, se elimina formalmente una obligación en papel que había perdido utilidad dentro del régimen actual, aunque los productores deberán continuar cumpliendo las exigencias sanitarias y documentales vigentes para cada actividad.
Maquinaria usada y papa semilla
La medida también derogó una resolución de 1994 que establecía una autorización fitosanitaria previa para importar maquinaria agrícola usada.
Ese procedimiento buscaba reducir el riesgo de ingreso de tierra, restos vegetales, semillas, insectos u otros materiales capaces de transportar plagas. La Secretaría señaló que su operatoria fue reemplazada por sistemas modernos de evaluación y control de riesgo.
También quedó sin efecto la Resolución 715 de 1994, que fijaba requisitos específicos para importar papa semilla y exigía certificados internacionales confeccionados sobre la base de un listado de plagas cuarentenarias.
La materia continuará regulada, pero mediante los procedimientos fitosanitarios actualizados que se utilizan actualmente para autorizar el ingreso de material vegetal.
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Cambios en los controles sobre bananas
Tres de las ocho resoluciones estaban relacionadas con el ingreso y la circulación de bananas en el norte argentino.
Una norma de 1994 prohibía el ingreso al Noroeste Argentino de frutos originarios de países donde se encontraban determinadas plagas cuarentenarias. Posteriormente, otra resolución limitó esa prohibición a Salta y Jujuy, mientras que una tercera extendió requisitos para el tránsito hacia Formosa y Misiones.
Agricultura consideró que esas disposiciones respondían a la situación sanitaria existente al momento de su sanción y que actualmente sus objetivos están incluidos dentro del régimen fitosanitario vigente.
Esto no significa la eliminación de las medidas destinadas a impedir el ingreso de plagas que afectan al banano, sino la depuración de normas antiguas que quedaron subordinadas o fueron sustituidas por regulaciones posteriores.
Las ocho resoluciones que fueron derogadas
La Resolución 114/2026 dejó sin efecto las siguientes disposiciones:
- Resolución 878/1992: prorrogaba por 180 días la puesta en marcha de la Autorización Fitosanitaria de Importación.
- Resolución 99/1994: restringía el ingreso de bananas al NOA.
- Resolución 648/1994: regulaba la autorización previa para importar maquinaria agrícola usada.
- Resolución 715/1994: fijaba exigencias para la importación de papa semilla.
- Resolución 405/1998: establecía el Cuaderno Fitosanitario para productores de manzanas y peras.
- Resolución 561/1999: incorporaba estándares del Mercosur sobre residuos de plaguicidas en productos agropecuarios.
- Resolución 823/2006: extendía requisitos para el ingreso y tránsito de bananas en Formosa y Misiones.
- Resolución 262/2013: limitaba a Salta y Jujuy la prohibición establecida originalmente para todo el NOA.
Un régimen basado en trazabilidad y análisis de riesgo
En los fundamentos de la medida, la Secretaría sostuvo que el sistema fitosanitario incorporó durante las últimas décadas estándares internacionales, certificaciones, herramientas informáticas, análisis de riesgo y nuevos mecanismos de trazabilidad.
Para el Gobierno, mantener vigentes resoluciones que perdieron aplicación práctica provoca dispersión normativa y dificulta conocer cuáles son las obligaciones efectivamente exigibles.
La norma aclara además que las derogaciones no afectan derechos adquiridos, situaciones jurídicas consolidadas ni actos administrativos emitidos durante la vigencia de las disposiciones eliminadas.
La resolución comenzará a regir el 21 de julio. A partir de esa fecha, las ocho disposiciones desaparecerán formalmente del ordenamiento, mientras los controles sanitarios continuarán aplicándose mediante las normas y sistemas que las reemplazaron.



































