Un proyecto de ley ingresado en la Cámara de Diputados de la Nación propone endurecer las penas para delitos cometidos en el ámbito rural, incluyendo daños a cultivos, silobolsas e infraestructura productiva, con prisión de hasta ocho años y multas de hasta doce veces el valor del perjuicio causado. La iniciativa fue impulsada este martes por el diputado nacional del PRO Martín Ardohain, presidente de la Comisión de Agricultura de la Cámara baja, junto a otros legisladores del mismo bloque.
El proyecto plantea modificaciones al Código Penal en tres ejes centrales: el ingreso no autorizado a establecimientos rurales, los daños sobre bienes vinculados a la producción agropecuaria y la instigación pública a cometer delitos a través de redes sociales y plataformas digitales.
Ingreso a campos privados: un nuevo delito específico
Uno de los puntos más novedosos es la incorporación del artículo 150 bis al Código Penal, que penalizaría con prisión de entre un mes y un año a quien ingrese a un establecimiento rural contra la voluntad de su propietario. La iniciativa establece que esa voluntad de exclusión se presume por la sola existencia de alambrados, vallas, muros o señales que indiquen prohibición de ingreso.
El texto contempla excepciones para casos de necesidad justificada, situaciones de auxilio o cuando el límite con la vía pública no sea claramente distinguible.
En los fundamentos, Ardohain señaló que las intrusiones en campos raramente son hechos inocentes y que en muchos casos funcionan como una instancia de reconocimiento previa a delitos mayores. También apuntó al problema de la caza furtiva, que según el legislador destruye alambrados, estresa al ganado en producción y representa un riesgo físico para quienes habitan los predios.
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Daños rurales: de “daño simple” a hasta ocho años de prisión
El eje más duro del proyecto es la creación del artículo 184 bis, que establece penas de dos a ocho años de prisión y multas de entre tres y doce veces el valor del daño causado para quienes destruyan o perjudiquen cereales, oleaginosas, silobolsas, cultivos, ganado, instalaciones rurales o productos en tránsito. La pena mínima se duplica si el autor es funcionario público o se dedica habitualmente a la actividad agropecuaria.
El proyecto extiende esa protección a infraestructura tecnológica —paneles solares, bombas sumergibles, generadores, sistemas de riego— y a elementos básicos del campo como alambrados, tranqueras, silos, corrales y reservas hídricas.
En este punto, la iniciativa apunta directamente a una brecha del sistema judicial actual: según Ardohain, muchos de estos hechos terminan siendo calificados por la Justicia como daño simple, lo que resulta en penas mínimas o inexistentes. Para el legislador, la rotura de un silobolsa o el daño a cultivos no es un acto vandálico menor sino un ataque directo a la inversión productiva y a la capacidad exportadora del país.

Redes sociales como agravante
La propuesta también modifica el artículo 209 del Código Penal para elevar las penas cuando la convocatoria a cometer delitos se realice a través de medios de comunicación masiva, redes sociales o plataformas digitales. El fundamento apunta a la capacidad de estas plataformas para difundir en tiempo real coordenadas geográficas exactas, lo que podría facilitar ataques simultáneos y coordinados contra establecimientos agropecuarios.
La iniciativa lleva además las firmas de los diputados Cristian Ritondo, Alejandro Finocchiaro y Fernando De Andreis, entre otros legisladores del PRO.
Al cerrar los fundamentos, Ardohain sintetizó el espíritu de la propuesta: la reforma no busca crear privilegios sectoriales sino, en sus propias palabras, “restablecer el imperio de la ley, la certeza jurídica y la protección de la libertad y el trabajo en el ámbito rural argentino”.







































