El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) puso en vigencia este miércoles 22 de julio de 2026 un nuevo Plan Nacional de Control Integrado y Erradicación de la Garrapata del Bovino, que redefine las zonas sanitarias, establece tratamientos obligatorios en los establecimientos afectados y refuerza los requisitos para trasladar hacienda. La medida busca evitar el ingreso del parásito en regiones libres, contener su dispersión y reducir la resistencia a los productos garrapaticidas.
El Senasa modificó la estrategia contra la garrapata bovina
El Senasa actualizó el marco sanitario para combatir la garrapata común del bovino mediante la Resolución 655/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial y vigente desde el mismo día de su publicación.
La norma reemplaza el plan nacional que regía desde 2017 y adapta las medidas de prevención, control y erradicación a la situación epidemiológica de cada provincia o departamento. El organismo argumentó que era necesario actualizar los mecanismos ante los distintos niveles de infestación y la aparición de cepas resistentes a los principios activos utilizados para combatir el parásito.
El nuevo esquema alcanza principalmente a los establecimientos bovinos, aunque varias disposiciones relacionadas con el movimiento y la inspección de tropas también comprenden a bubalinos y equinos.
El paralelo 31 divide las regiones sanitarias
La resolución establece una primera división del territorio nacional basada en las condiciones ecológicas para el desarrollo de la garrapata.
La Región Ecológicamente Apta comprende el territorio ubicado desde la frontera norte del país hasta el paralelo 31° de latitud sur. Se trata del área donde existen condiciones para que se desarrolle el ciclo biológico de la garrapata común del bovino.
La Región Ecológicamente No Apta se extiende desde el paralelo 31° hacia el sur y comprende territorios donde las condiciones no favorecen el desarrollo del parásito o donde la garrapata se encuentra ausente.
Sobre esa delimitación general, el Senasa definió tres estrategias sanitarias que podrán aplicarse por provincia o departamento.
Las tres zonas definidas por el nuevo plan
La primera categoría es la Zona de Resguardo Sanitario (RS). Corresponde a territorios naturalmente libres del parásito y tiene como objetivo conservar esa condición mediante vigilancia epidemiológica, prevención y control del ingreso de animales provenientes de zonas con presencia de garrapata.
La segunda es la Zona de Erradicación (E), que comprende áreas donde existen distintos grados de infestación. En estos territorios, la estrategia apunta a reducir progresivamente la prevalencia hasta alcanzar la eliminación total del parásito.
La tercera categoría es la Zona de Control Poblacional con Monitoreo Voluntario (C), destinada a regiones donde la garrapata se encuentra distribuida de manera endémica. Allí el objetivo será disminuir la carga parasitaria y evitar que el problema se extienda hacia otras zonas.
La zonificación podrá ser modificada en función del avance del programa sanitario, de los cambios en las condiciones ecológicas y de las decisiones adoptadas por las provincias al presentar sus propios planes.
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Tratamientos obligatorios en las zonas de erradicación
Los establecimientos infestados ubicados dentro de las zonas de Erradicación deberán cumplir un régimen obligatorio de tratamientos supresivos hasta eliminar el parásito.
Los productores deberán presentar ante el Senasa un plan de saneamiento, que tendrá que ser previamente acordado y aprobado por el organismo. Una vez autorizado, el titular del campo será responsable de aplicar y registrar los tratamientos establecidos en el cronograma.
El plan tendrá, como regla general, una duración de 12 meses, aunque podrá extenderse o reducirse según la evaluación técnica. Si el saneamiento supera los 24 meses sin mostrar avances en la limpieza del establecimiento, será obligatorio realizar un bioensayo garrapaticida.
Los establecimientos que completen el plan deberán atravesar una etapa posterior de relevo de tratamientos, durante la cual se interrumpirán las aplicaciones y se realizarán inspecciones periódicas para verificar que no haya garrapatas vivas.
Incorporan el control integrado de garrapatas
Uno de los cambios centrales es la incorporación formal del Control Integrado de Garrapatas (CIG), una estrategia que combina distintas herramientas y exige que al menos una de ellas no sea de origen químico.
El plan podrá incluir productos veterinarios garrapaticidas, control biológico, rotación y descanso de potreros y utilización de bovinos con resistencia natural a la infestación.
El objetivo es reducir la dependencia de los tratamientos químicos, prolongar la eficacia de los principios activos disponibles y disminuir el riesgo de aparición de nuevas resistencias.
La normativa también establece que los productos utilizados deberán estar aprobados por el Senasa y aplicarse de acuerdo con las indicaciones del laboratorio elaborador, respetando las dosis, los intervalos entre tratamientos y los períodos de restricción correspondientes.
Cuándo será obligatorio realizar un bioensayo
Los bioensayos garrapaticidas son pruebas de laboratorio que permiten determinar si una población de garrapatas es sensible o resistente a los diferentes productos químicos.
El nuevo plan establece su realización obligatoria en establecimientos que hayan registrado rechazos de tropas por la detección del parásito durante el tránsito o en el destino. En las zonas de Control, el estudio deberá concretarse dentro de los seis meses posteriores al rechazo.
También estarán obligados a realizarlo los establecimientos con focos crónicos de las zonas de Erradicación o aquellos cuyos planes de saneamiento se extiendan durante más de 24 meses sin avances.
Las muestras deberán enviarse a laboratorios oficiales o integrantes de la Red Nacional de Laboratorios de Controles Analíticos Oficiales del Senasa. Los costos del envío y del análisis estarán a cargo del titular del establecimiento.
La resolución clasifica la resistencia en tres grados. El nivel más alto será asignado cuando el bioensayo detecte resistencia a cuatro o más principios activos. En ese caso, el productor y su veterinario deberán revisar el programa de tratamientos y repetir el análisis a los 12 meses.
Notificación obligatoria de los focos
Los productores y los técnicos acreditados deberán comunicar de manera inmediata cualquier detección de garrapata en establecimientos ubicados en las zonas de Resguardo Sanitario y Erradicación.
Ante la confirmación de un foco, el campo quedará momentáneamente impedido de realizar movimientos de egreso y tendrá 48 horas para presentar un plan de saneamiento.
El Senasa también inspeccionará los establecimientos linderos, que serán clasificados como perifocos mientras permanezca activo el caso original. Si se detecta el parásito en alguno de esos campos, será considerado un nuevo foco y se ampliará el radio de intervención sanitaria.
Cambian las condiciones para trasladar hacienda
La resolución establece diferentes exigencias para los movimientos de animales según la zona de origen, el destino y la condición sanitaria del establecimiento.
Los egresos desde una Zona de Control hacia establecimientos o predios feriales ubicados en zonas de Erradicación o Resguardo deberán contar con el Formulario de Inspección y Despacho de Hacienda y recibir un tratamiento precaucional obligatorio.
La misma exigencia se aplicará a los establecimientos que estén bajo un plan de saneamiento y a aquellos clasificados con el mayor grado de resistencia a los garrapaticidas.
La inspección previa deberá solicitarse con al menos 12 horas de anticipación. Si la tropa resulta negativa, el formulario tendrá una vigencia de 48 horas para emitir el Documento de Tránsito electrónico. Si se encuentran garrapatas vivas, la tropa será rechazada.
Se permite enviar tropas parasitadas a faena inmediata
La normativa mantiene la posibilidad de trasladar animales con garrapatas hacia frigoríficos, siempre que su destino exclusivo sea la faena inmediata.
El Documento de Tránsito electrónico deberá incluir la leyenda “Faena inmediata garrapata” y cada unidad de carga tendrá que circular precintada.
El frigorífico receptor, independientemente de que posea habilitación nacional, provincial o municipal, deberá contar con un lavadero de camiones habilitado dentro del predio. Después de descargar los animales, el transporte deberá ser lavado y desinfectado de manera inmediata.
Los animales amparados bajo este régimen no podrán ser desviados hacia otro establecimiento, acopiados o destinados a una actividad diferente de la faena.
Qué ocurrirá con el plan de Entre Ríos
La resolución nacional mantiene transitoriamente vigente el Plan de Lucha contra la Garrapata Bovina de Entre Ríos durante 120 días corridos desde la entrada en vigencia del nuevo esquema.
Durante ese período deberán adecuarse las disposiciones y estrategias provinciales al marco establecido por el Senasa.
Cuatro objetivos sanitarios
El Senasa señaló que la actualización se apoya en cuatro pilares: impedir el ingreso de la garrapata en las zonas libres, proteger la inocuidad de los alimentos, evitar la dispersión de la resistencia a los productos veterinarios y fomentar el control integrado del parásito.
La implementación del programa requerirá la participación de productores, veterinarios acreditados, entes sanitarios y gobiernos provinciales. Los incumplimientos podrán generar sanciones, mientras que los técnicos que certifiquen incorrectamente una tropa se exponen a suspensiones de entre 30 días y dos años o a la baja definitiva de su registro, según la gravedad y la reincidencia.









































