SENASA hará obligatorio el microchip para equinos desde marzo de 2027

Veterinaria verifica la identificación electrónica de un caballo mediante un lector de microchip y registra sus datos sanitarios en formato digital.
El SENASA estableció un nuevo régimen nacional para la identificación, documentación sanitaria y movimiento de equinos que hará obligatorio el uso de microchip individual desde el 1 de marzo de 2027 y avanzará con la digitalización de la Libreta Sanitaria Equina y el Pasaporte Equino. La medida, dispuesta mediante la Resolución 831/2026, alcanza a propietarios y tenedores de équidos de todo el país y apunta a reforzar la trazabilidad, la prevención de enfermedades y la respuesta ante emergencias sanitarias.

El microchip será obligatorio desde marzo de 2027

Uno de los principales cambios establecidos por la nueva normativa es la identificación electrónica individual, única y permanente de los équidos mediante un transpondedor inyectable o microchip.

La obligación comenzará a regir el 1 de marzo de 2027 y los dispositivos deberán cumplir las características técnicas establecidas previamente por el SENASA.

La Resolución 831/2026 determina además que el microchip deberá colocarse en el tercio medio del lado izquierdo del cuello, aproximadamente ocho centímetros por debajo de la línea de la crin.

El número quedará registrado en el sistema oficial

La identificación física del animal será solamente una parte del procedimiento.

Una vez colocado el dispositivo, su número deberá incorporarse al sistema de información sanitaria del SENASA.

El trámite podrá realizarse mediante aplicaciones digitales homologadas, por autogestión utilizando los sistemas oficiales o de manera presencial en las oficinas del organismo correspondientes a la jurisdicción donde se encuentre el establecimiento.

De esta forma, la identidad electrónica del animal quedará vinculada con sus antecedentes sanitarios y con la documentación utilizada para respaldar sus movimientos.

¿Cuándo deberá verificarse la identificación?

La normativa establece distintas situaciones en las que el microchip deberá ser comprobado y registrado.

Entre ellas se encuentran la toma de muestras para diagnósticos sanitarios obligatorios asociados al traslado, el alta de la Libreta Sanitaria Equina o del Pasaporte Equino y la aplicación de determinados tratamientos veterinarios.

También deberá verificarse para gestionar movimientos internacionales y cuando un animal ingrese a la Zona Libre de Anemia Infecciosa Equina (AIE).


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La libreta sanitaria también pasa al celular

Junto con la identificación electrónica, el SENASA aprobó la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) como documento sanitario oficial para todo el país.

Su gestión se realizará mediante el sistema de información sanitaria del organismo o a través de aplicaciones autorizadas.

La libreta concentrará la información sanitaria individual del animal y podrá utilizarse para respaldar movimientos dentro del territorio argentino bajo las condiciones establecidas por la nueva regulación.

Qué ocurrirá con el Pasaporte Equino

El nuevo esquema también alcanza al Pasaporte Equino.

Los documentos reconocidos por el SENASA deberán ser digitalizados e incorporados al sistema oficial.

El ejemplar físico podrá conservarse y continuar utilizándose para acompañar al animal, siempre que previamente haya sido digitalizado y permanezca vigente en los registros del organismo.

La presentación del pasaporte en papel, por sí sola, no reemplazará la obligación de contar con el correspondiente registro digital.

Cuándo dejarán de utilizarse las libretas en papel

La transición tendrá varias fechas que productores, propietarios y responsables sanitarios deberán tener en cuenta.

Desde fines de 2026 dejarán de generarse nuevas Libretas Sanitarias Equinas en papel.

Las libretas físicas emitidas previamente conservarán su validez hasta el 31 de diciembre de 2027.

Desde el 1 de enero de 2028, la Libreta Sanitaria Equina Digital o el Pasaporte Equino incorporado al sistema del SENASA serán los documentos sanitarios habilitantes previstos por el nuevo régimen para respaldar los movimientos de équidos.

Los movimientos podrán registrarse con geolocalización

Para los traslados dentro del territorio nacional, la nueva normativa contempla el uso de la LSED o el Pasaporte Equino Digitalizado.

El movimiento podrá registrarse mediante una aplicación móvil que tome las coordenadas geográficas del establecimiento de destino, identifique el RENSPA correspondiente y valide la identidad del animal mediante la lectura del microchip o de su documentación digital.

Este mecanismo busca vincular en un mismo sistema animal, origen, destino y situación sanitaria.

En algunos movimientos seguirá utilizándose el DT-e

La digitalización de la documentación equina no implica la desaparición del Documento de Tránsito electrónico en todos los casos.

El DT-e continuará siendo exigido para determinados movimientos, entre ellos operaciones internacionales, ingresos a zonas con requisitos sanitarios particulares y otros traslados contemplados expresamente por la reglamentación.

En el caso de ingreso a la Zona Libre de Anemia Infecciosa Equina, por ejemplo, el animal deberá estar identificado mediante microchip y amparado por el DT-e.

Trazabilidad para responder ante emergencias sanitarias

El SENASA fundamentó la actualización en la necesidad de contar con información más precisa para la prevención de enfermedades, el control de movimientos y la gestión de emergencias.

La reglamentación menciona entre sus antecedentes la epidemia de encefalomielitis equina, que llevó a restablecer la vacunación obligatoria y reforzó la necesidad de disponer de herramientas para identificar individualmente a los animales.

El nuevo sistema busca que cada equino pueda vincularse de manera rápida con su documentación, antecedentes sanitarios y movimientos registrados.

La medida alcanza a todo el país

La Resolución 831/2026 establece que el régimen alcanza a todas las personas humanas o jurídicas que sean propietarias, poseedoras o tenedoras de équidos, independientemente de la cantidad de animales.

La implementación se realizará de manera progresiva entre 2026 y 2028, con el 1 de marzo de 2027 como una de las fechas centrales: desde entonces la identificación electrónica individual mediante microchip quedará incorporada como obligación nacional.

Con la eliminación gradual de la libreta sanitaria en papel y la integración de los movimientos a plataformas digitales, el SENASA avanza así hacia un modelo de trazabilidad individual electrónica de los equinos, con información sanitaria disponible de manera más rápida ante traslados, controles y emergencias.

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