Productores deberán actualizar el RENSPA: quiénes deberán hacerlo

Productor ganadero actualiza datos del RENSPA en una tablet frente a un rodeo bovino.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria estableció, mediante la Resolución 679/2026 publicada este miércoles 29 de julio, un plazo de 90 días corridos para que productores de todo el país actualicen los datos de sus establecimientos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios, cuando haya transcurrido más de un año desde la inscripción o la última revisión integral de la información.

SENASA pide actualizar los datos del RENSPA

El SENASA dispuso una actualización de la información registrada en el RENSPA con el objetivo de fortalecer la calidad y la integridad de los datos sanitarios correspondientes a los establecimientos agropecuarios argentinos.

La medida alcanza a los titulares cuyo registro tenga más de un año desde su inscripción inicial o desde la última actualización integral realizada.

La información podrá revisarse mediante autogestión digital o de manera presencial en las oficinas del organismo. Una vez vencido el plazo establecido, el SENASA podrá dar de baja los registros que no hayan cumplido con el procedimiento.

El RENSPA identifica a los productores, establecimientos y actividades agropecuarias, y constituye una herramienta central para la planificación de controles sanitarios, la trazabilidad y la atención de emergencias.

Quiénes deberán hacer el trámite

La obligación comprende a los titulares de un RENSPA que registren más de un año sin una actualización integral de sus datos.

Los productores deberán verificar que la información refleje la situación actual del establecimiento, incluyendo las actividades desarrolladas, las especies presentes y las existencias declaradas.

El organismo indicó que disponer de registros actualizados permitirá mejorar la planificación de sus acciones, facilitar la prestación de servicios y contar con información confiable ante emergencias sanitarias, climáticas o productivas.

La declaración quedará sujeta a las verificaciones que realice el SENASA antes de su incorporación definitiva al sistema.


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Excepción para bovinos y bubalinos vacunados contra la aftosa

La Resolución 679/2026 contempla una excepción para los titulares que posean bovinos o bubalinos en zonas donde se realiza la vacunación contra la fiebre aftosa.

Estos productores no deberán efectuar un nuevo trámite cuando la actualización integral del establecimiento ya haya sido realizada durante el acto de vacunación y registrada en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal.

En esos casos, el SENASA considerará que la información fue incorporada y validada durante la campaña sanitaria.

Sin embargo, la excepción no libera al productor de declarar todas las especies y actividades pecuarias que se desarrollan en el establecimiento.

También deberá comunicar cualquier cambio posterior en las existencias, actividades o condiciones productivas para mantener la información permanentemente actualizada.

Qué actividades quedan excluidas

La norma mantiene exceptuadas a determinadas actividades no tradicionales que no tienen carácter productivo.

Dentro de este grupo se encuentran los zoológicos, parques y otros establecimientos de características similares.

La exclusión responde a que estas actividades tienen un tratamiento diferente dentro de los sistemas sanitarios oficiales y no se encuadran en la producción agropecuaria convencional alcanzada por la actualización.

Cómo actualizar el RENSPA por internet

Los productores podrán completar el procedimiento mediante el sistema de autogestión digital.

Para hacerlo, deberán ingresar al servicio RENSPA utilizando la Clave Fiscal disponible a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

Dentro de la plataforma podrán revisar los datos cargados, incorporar modificaciones y confirmar la información correspondiente al establecimiento.

Antes de finalizar el trámite, será necesario controlar que se encuentren correctamente declaradas todas las especies, actividades productivas y unidades vinculadas con el titular.

El trámite también puede hacerse de manera presencial

Quienes no utilicen la modalidad digital podrán solicitar la actualización en la oficina local del SENASA correspondiente a la jurisdicción donde se encuentre el establecimiento.

El organismo podrá requerir documentación adicional o realizar controles para validar la información presentada.

La modalidad presencial también permitirá que los productores consulten dudas sobre la situación de su registro, las actividades declaradas o los requisitos necesarios para completar el procedimiento.

Qué pasa si no se actualizan los datos

Los titulares tendrán 90 días corridos, contados desde la entrada en vigencia de la resolución, para realizar la actualización.

Una vez cumplido ese período, el SENASA podrá proceder a la baja de los RENSPA que continúen con información desactualizada.

La baja no será necesariamente definitiva. Los productores podrán solicitar posteriormente la reactivación del registro mediante el procedimiento establecido por el organismo.

No obstante, un RENSPA inactivo puede generar inconvenientes para realizar movimientos de animales, gestionar documentación sanitaria o acceder a determinados trámites vinculados con la producción.

Por esa razón, el SENASA recomienda completar la actualización antes del vencimiento y evitar demoras en las gestiones habituales del establecimiento.

Por qué es importante mantener actualizado el registro

La información del RENSPA es utilizada para organizar campañas sanitarias, controlar movimientos, determinar existencias y elaborar padrones ante emergencias.

Los datos también permiten identificar rápidamente a los productores afectados por brotes de enfermedades, inundaciones, incendios u otros eventos que requieran asistencia oficial.

Una actualización adecuada facilita la trazabilidad de la producción y permite que los servicios sanitarios puedan planificarse según la realidad de cada región.

Dónde realizar consultas

Los productores podrán obtener más información mediante los canales oficiales del SENASA, comunicarse al correo electrónico consultasrenspa@senasa.gob.ar o consultar a los referentes del registro en los centros regionales correspondientes a cada jurisdicción.

La Resolución 679/2026 busca consolidar una base sanitaria más precisa y actualizada para los establecimientos agropecuarios del país. Los productores alcanzados tendrán 90 días para revisar sus datos y evitar la posible baja del RENSPA, mientras que quienes ya actualizaron su información durante la vacunación contra la fiebre aftosa podrán quedar exceptuados de repetir el trámite.

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