La semana pasada -en la que el dólar informal trepó un 3,4%- comenzó a regir la circular A 7001, que establece que una persona que realizó compras por hasta u$s200 en el mercado minorista no podrá realizar operaciones con Contado con Liquidación y dólar Bolsa por los 30 días posteriores a la fecha en que se realizó esa adquisición de divisas.
La circular fija además que en las operaciones de estos tipos de cambio implícitos, las entidades deberán requerir la presentación de una declaración jurada del cliente.
También se estableció que empresas que recibieron ayuda del Gobierno para atravesar la pandemia tendrán que pedir autorizaciones especiales para acceder al dólar.
A la par, se tomaron más medidas para atenuar la demanda sobre el dólar Bolsa: los agentes de Bolsa ya no podrán participar del negocio de compra y venta de divisa en el mercado oficial.
Desde el inicio de la cuarentena obligatoria decretada por el Gobierno, el dólar informal acumula un salto de $39 (el 20 de marzo había cerrado a $85,50).
Fuente: ambito.com