El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) aprobó un régimen especial para que los empleadores agropecuarios puedan regularizar deudas por contribuciones al organismo, con financiación de hasta 12 cuotas mensuales, descuentos de hasta el 50% sobre los intereses resarcitorios y una tasa del 1,5% mensual. La medida, publicada el 26 de octubre en el Boletín Oficial, estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 y contempla condiciones especiales para establecimientos afectados por emergencias o desastres agropecuarios.
El RENATRE aprobó un Plan Especial de Facilidades de Pago destinado a empleadores rurales que regularicen relaciones laborales no registradas en el marco del Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), establecido por la Ley 27.802. La medida fue oficializada mediante la Resolución 100/2026, publicada el lunes 26 de octubre, y permitirá financiar determinadas deudas con el organismo mediante cuotas mensuales y reducciones de intereses.
El régimen estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2026 y contempla beneficios diferenciados según la cantidad de cuotas elegidas, con el objetivo de incentivar la registración laboral y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores rurales.
Hasta 12 cuotas y descuentos del 50%: cómo funciona el plan del RENATRE
El nuevo régimen permite financiar deudas por contribuciones al RENATRE e intereses resarcitorios correspondientes a trabajadores regularizados mediante el Programa de Promoción del Empleo Registrado.
Los empleadores que cumplan con los requisitos podrán acceder a planes de hasta 12 cuotas mensuales, con una tasa de financiación del 1,5% mensual.
Uno de los principales beneficios es la posibilidad de obtener quitas sobre los intereses resarcitorios, cuyo porcentaje dependerá del plazo de financiación elegido.
Las condiciones establecidas son:
- Pago único o hasta 3 cuotas: quita del 50% de los intereses resarcitorios.
- De 4 a 6 cuotas: reducción del 40% de los intereses resarcitorios.
- De 7 a 12 cuotas: descuento del 30% de los intereses resarcitorios.
Las quitas se aplican sobre los intereses resarcitorios y no sobre el capital de la deuda, por lo que los mayores descuentos corresponden a los empleadores que opten por cancelar sus obligaciones en menos cuotas.

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Emergencia agropecuaria: podrán solicitar hasta 24 cuotas
La resolución también contempla una condición especial para empleadores rurales que desarrollen sus actividades en situaciones de emergencia o desastre agropecuario debidamente acreditadas.
En estos casos, el RENATRE podrá autorizar excepcionalmente planes de financiación de hasta 24 cuotas, ampliando el plazo general previsto por el régimen.
Este beneficio no es automático: los empleadores deberán acreditar la situación de emergencia o desastre agropecuario para solicitar la extensión del plazo.
La medida busca ofrecer mayores posibilidades de regularización a establecimientos que atraviesan dificultades productivas y económicas derivadas de situaciones extraordinarias.
Qué empleadores rurales pueden acceder al plan de pagos
El régimen está dirigido a empleadores que hayan regularizado la totalidad de las relaciones laborales no registradas detectadas en sus establecimientos durante las fiscalizaciones del RENATRE, dentro del marco del Programa de Promoción del Empleo Registrado.
La regularización completa de las situaciones laborales detectadas constituye uno de los requisitos centrales para acceder a los beneficios.
De esta manera, el plan vincula las facilidades financieras con el cumplimiento de las obligaciones de registración de los trabajadores rurales.
Quiénes quedan excluidos del régimen
La Resolución 100/2026 establece restricciones para determinados empleadores que no podrán acceder al sistema especial de financiación.
Quedan excluidos:
- Empleadores con denuncias vigentes por presunta explotación laboral, trata de personas o trabajo infantil.
- Empleadores que mantengan trabajadores sin registrar, con la salvedad prevista para quienes hayan regularizado todas las situaciones detectadas en fiscalizaciones anteriores.
- Empleadores que registren cuotas vencidas correspondientes a planes de pago previos.
El acceso a la financiación está condicionado al cumplimiento de los requisitos de registración laboral y a la situación del empleador frente al organismo.
Hasta cuándo se puede adherir al plan especial del RENATRE
El nuevo régimen tiene una vigencia limitada.
Los empleadores rurales interesados podrán solicitar la adhesión hasta el 31 de diciembre de 2026, fecha establecida como límite para acceder al Plan Especial de Facilidades de Pago.
La medida fue aprobada mediante la Resolución RENATRE 100/2026, publicada el 26 de octubre en el Boletín Oficial.
Por tratarse de un sistema destinado específicamente a deudas relacionadas con trabajadores regularizados bajo el PER, los interesados deberán verificar que su situación se encuentre comprendida dentro de las condiciones previstas.
Cómo realizar el trámite: oficinas, teléfonos y correo electrónico
El RENATRE habilitó diferentes canales para gestionar la adhesión al régimen y obtener información sobre las condiciones de financiación.
Atención presencial
Los empleadores pueden dirigirse a:
- Sede Central del RENATRE: Avenida Belgrano 160, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Delegaciones regionales del RENATRE: atención a través de sus oficinas distribuidas en el país.
Atención telefónica
- 0800-777-7366
- (011) 3986-9440, opción 7
- Horario: lunes a viernes, de 8 a 17 horas.
Consultas por correo electrónico
A través de estos canales, los interesados pueden consultar los requisitos para adherirse y las alternativas de financiación disponibles.
Registración laboral: el objetivo del nuevo régimen
Con la aprobación de este plan especial, el RENATRE busca incentivar la formalización de las relaciones laborales rurales y facilitar la regularización de las obligaciones económicas de los empleadores con el organismo.
El sistema combina descuentos en los intereses resarcitorios, financiación mensual y una extensión excepcional de plazos para situaciones de emergencia agropecuaria.
La fecha límite del 31 de diciembre de 2026 será determinante para los empleadores que busquen aprovechar estas condiciones, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Resolución 100/2026.
La normativa completa puede consultarse en el Boletín Oficial de la República Argentina, bajo la denominación Resolución RENATRE 100/2026.









































