El Senasa creó la figura del leasing ganadero como una herramienta que permite a los productores poder financiarse.
Las adquisiciones de bienes que realiza una empresa pueden ser realizadas por medio de dos formas diferenciadas y con impacto impositivo distinto bien marcado: podrá realizar compra tradicional o formalizar un contrato de leasing. La elección de una u otra forma dependerá de las decisiones o posibilidades de cada empresa, de cada momento y de las ventajas financieras y comerciales que ofrezca cada una. En definitiva: de una óptima planificación fiscal.
El Senasa, por medio de la Resolución 703, crea la figura y fiscalizar el cumplimiento de la normativa sanitaria vigente.
Para la inscripción de los contratos el dador y/o el tomador de leasing debe hacer entrega del contrato debidamente certificado en la oficina del Senasa que corresponda según la jurisdicción del establecimiento donde se encontrará el ganado.
Fuente: La Nación | Por: Alejandro Larroudé