Mayo es un mes clave para gran parte de las empresas agropecuarias con cierre de ejercicio diciembre. Muchas veces sucede que llegado el vencimiento de la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, las empresas no han podido brindar a sus asesores impositivos la totalidad de la documentación necesaria. En estos casos, los contribuyentes muchas veces optan por realizar la presentación de sus declaraciones juradas sin datos o como se conoce habitualmente como “declaraciones en cero”. Esta práctica, arraigada por años con el propósito de evitar la multa por falta de presentación, puede ocasionar un mayor dolor de cabeza para el contribuyente en el futuro.
La AFIP prorrogó el vencimiento del impuesto a las ganancias para personas jurídicas, con cierre de balance en diciembre de 2020. La prórroga será efectiva tanto para la presentación de la declaración jurada como así también para el pago del Impuesto a las Ganancias Sociedades.
Los vencimientos quedarán comprendidos entre el 26/5/2021 y el 27/5/2021 según la terminación del número de CUIT, y el ingreso del saldo resultante se realizará el mismo día de la presentación que le corresponda a cada contribuyente.
Fuente: Barrero y Asociados