La Cámara Nacional del Trabajo suspende la reforma laboral propuesta por Javier Milei

La Cámara Nacional del Trabajo ha puesto en suspenso la reforma laboral propuesta por el Gobierno de Javier Milei.

En respuesta a un amparo presentado por la Confederación General de los Trabajadores (CGT), el organismo judicial ha invalidado todo el capítulo referido al trabajo del decreto de necesidad y urgencia. Los jueces que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo, Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, han resuelto “modificar la sentencia apelada, haciendo lugar a la acción de amparo iniciada por la CGT contra el Estado Nacional” y “declarar la invalidez constitucional del Título IV” del DNU de Javier Milei.

Este título incluye los artículos del 53 al 97, que modifican importantes normativas laborales, como el derecho a la huelga y el régimen de indemnización por despido. En su fallo, los jueces reconocieron a la CGT la “legitimación activa” para cuestionar todos los artículos de la reforma laboral incluida en el DNU, no solo aquellos que afectan a derechos colectivos.


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Además, enfatizaron que cualquier modificación de las leyes laborales debe llevarse a cabo a través del proceso legislativo, y no mediante un decreto de necesidad y urgencia.

El fallo destaca que el Congreso Nacional estaba en funciones y convocado para examinar el contenido de las reformas propuestas en el DNU antes de su entrada en vigencia.

Los jueces subrayaron que el principio de división de funciones y control recíproco entre los poderes del Estado no ha sido modificado por la reforma constitucional de 1994. En primera instancia, la jueza había declarado la nulidad de seis artículos del capítulo laboral, pero había dejado vigentes los demás a la espera de posibles presentaciones de trabajadores afectados por su aplicación.

Esta decisión de la Cámara Nacional del Trabajo pone en pausa la implementación de la reforma laboral propuesta por Javier Milei, y destaca la importancia del proceso legislativo para llevar a cabo cambios en las leyes laborales..

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