Otro juez federal declaró inconstitucional el cobro de las retenciones

Lo hizo Héctor Plou, titular del juzgado de esa ciudad del noroeste bonaerense, quien declaró inconstitucional a las alícuotas de los derechos de exportación vigentes, fijadas por el decreto 851/2021. El fallo responde así a una presentación de productores rurales juninenses, patrocinados por los abogados Alejandro Barbieri, expresidente de la Sociedad Rural local, y Luis Panetta.

El fallo de primera instancia se fundamenta en que el Congreso Nacional no sancionó el presupuesto para 2022 y no se prorrogó tampoco la vigencia de la Ley de Emergencia Económica, que le daba la facultad al Poder Ejecutivo de fijar las alícuotas a los derechos de exportación (retenciones).

Pretensión. El texto de Plou señala que el argumento del Poder Ejecutivo frente a esta circunstancia “-omitiendo explicar por qué solicitó una extensión temporal de la delegación- se limitó a decir que el decreto cuestionado fue dictado mientras estaba vigente la delegación, esto es, antes del 31 de diciembre de 2021. Esto es cierto, pero omite la cuestión central: pretende regir después de vencida esa facultad”, escribió el magistrado.

Uno de los abogados patrocinantes y ex presidente de la Sociedad Rural de Junín (SRJ), Alejandro Barbieri, en diálogo con el diario La Nación, explicó que lo “más importante” del fallo es que reconoce a los productores como “damnificados directamente perjudicados” por los derechos de exportación.


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Pese a ese aspecto favorable a la presentación, los abogados apelarán la parte del fallo que no reconoce la representatividad de la SRJ que acompañó a quienes hicieron la presentación. El fallo admite “parcialmente” la excepción de falta de legitimación activa y, en consecuencia, no hace lugar a acción de amparo promovida por Jorge Andrés Moutuos y Gerardo René Aperlo, en representación de la entidad ruralista.

El mal menor. Barbieri expresó que “los que se benefician de esta sentencia de primera instancia son los mismos productores agropecuarios ya que fueron reconocidos como legitimados para realizar el reclamo -agregó-. Salimos de la protesta y vamos por otras alternativas más allá de que hoy las retenciones son el ‘mal menor’ frente a lo que considero el ‘robo del siglo’ que es la brecha cambiaria”.

La decisión judicial del juez Plou no es comparable a la de abril pasado, dictada por el juez federal de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, quien reconoció la acción colectiva presentada por la Sociedad Rural Argentina (SRA) en contra de las retenciones, pero aún no se expidió sobre la cuestión fondo (el cobro de los derechos de exportación). La causa está todavía en trámite, por una serie de presentaciones posteriores.

En tanto, el abogado Barbieri patrocina otros 2 amparos de asociaciones rurales de Arrecifes y Baradero, uno de los cuales fue remitido por el juez federal de San Nicolás a su colega Bustos Fierro, de Córdoba.

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