La Justicia hizo lugar a la comercialización de glifosato

La Justicia Federal dio la derecha al amparo por inconstitucionalidad a la prohibición de venta de glifosato.

El pasado 16 de abril, luego de un intenso debate que se prolongó durante meses en el ámbito propiciado por el Concejo Deliberante de Gualeguaychú, tuvo lugar la sanción de la ordenanza que establece la prohibición del uso, aplicación, expendio, almacenamiento, transporte, comercialización y venta de Glifosato, dentro del ejido Gualeguaychú.
Luego de una primera reunión, las organizaciones agropecuarias manifestaron que no fueron escuchadas y anunciaron que irían a la Justicia para reclamar la inconstitucionalidad de la ordenanza denominada “Glifosato Cero”.

Presentación y fallo judicial
El pasado 10 de julio, el juez federal subrogante Pablo Andrés Seró, dio lugar a la medida cautelar presentada por el abogado uruguayense Javier Curi en representación de las firmas Agro Gestión del Litoral SA; Agro-Soluciones Gualeguaychú S.R.L.; Agro Synergia S.A.; Angelini S.R.L; Lartirigoyen y Cía. S.A. y Los Grobo Agropecuaria S.A., donde manifestaban la inconstitucionalidad “en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación- contra la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos; solicitando se declare la inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 12.216/2018”.
Tras el análisis de la Justicia Federal, Seró determinó “la suspensión de los efectos de la ordenanza (…) dando lugar a la medida cautelar hasta tanto se resuelva el planteo de fondo, y constituyendo la resolución un revés para el Municipio de Gualeguaychú”.
Luego de esta resolución del Juzgado Federal, los comercios de la vecina ciudad podrán comercializar Glifosato, restando saber el planteo que realizará el el municipio ante el fallo judicial adverso.

 

Fuente: Diario La Calle