Un ex juez de la Corte Suprema de Justicia dijo que Alberto Fernández debería indultar a CFK si fuera condenada

El ex magistrado del máximo tribunal de la Nación, Eugenio Raúl Zaffaroni, dijo que Alberto Fernández debería otorgar un indulto presidencial a Cristina Kirchner si fuera condenada en la causa Vialidad.

Zaffaroni sostuvo que Alberto Fernández debería utilizarlo, ya que -aseguró- es “el último recurso para que la democracia preservada pueda intentar la restauración de la República. Si la vicepresidenta es condenada, no quedará otra alternativa que buscar una solución en el derecho interno, para salvar el futuro de nuestra democracia, ante la perspectiva de llegar a una elección con proscripciones”, agregó en declaraciones a la emisora porteña AM 750.

La posibilidad de que Alberto Fernández utilice este recurso fue sugerido, semanas atrás, por uno de sus asesores, Ricardo Foster, quien aludió al caso de la dirigente jujeña Milagro Sala y sostuvo que “si la Corte Suprema interviniera en la causa de Milagro Sala, no tengo ninguna duda de que Alberto ejercería el indulto”.

¿Qué es? El indulto es la decisión de “perdonar” un delito mediante la extinción de la pena, pero no así del delito que el Código Penal le asigna. Asimismo, puede conmutar la pena del condenado, lo que supone la modificación de una pena por otra menor, sea en a calidad o cantidad.

El indulto es una herramienta prevista en el artículo 99, inciso 5 de la Constitución Nacional, que establece que el Presidente de la Nación “puede indultar o conmutar penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente, excepto en los casos de acusación por la Cámara de Diputados”.

Se diferencia de la amnistía, una atribución constitucional atribuida al Congreso y que, a diferencia del indulto y de la conmutación de penas, “extingue la acción penal y hace cesar la condena y todos sus efectos”, según explicó el abogado constitucionalista Esteban Federico Taglianetti.

Artículo 36. Por su parte, su colega Daniel Sabsay reafirmó que “para que haya indulto tiene que haber pena, con primera instancia basta. Pero no estamos hablando solo de este proceso (la causa Vialidad donde a Cristina Fernández de Kirchner, el fiscal Diego Luciani la acusó del delito de Asociación Ilícita y pidió una condena de 12 años de presión), estamos hablando de un enjambre de procesos en los que está involucrada la vicepresidente. Lo que dijo Zaffaroni es una venta de humo”, sostuvo.

Además, enfatizó Sabsay en que el presunto delito que le es atribuido a la vicepresidenta se enmarca en el artículo 36 de la Constitución Nacional, que delimita los actos que desestabilizan el orden democrático. “Estos son inindultables. Si bien todavía la Corte no se ha pronunciado me extrañaría que avale un indulto por un delito de corrupción que la Constitución considera como traición a la patria”, añadió.

Sin proscripción. Por otro parte, el abogado Germán Garavano, ex ministro de Justicia del gobierno de Mauricio Macri, rechazó la idea de que una condena contra la vicepresidenta signifique un acto de proscripción, debido a que las instancias de apelación podrían “durar entre dos y tres años”.

Sin embargo, a diferencia de Sabsay, marcó que “el indulto podría ser dictado” a pesar de la carga del presunto delito incurrido por Kirchner. “Tiene facultades para hacerlo, lo que probablemente suceda es que alguien cuestione esa decisión y va a tener que ser la propia Justicia la que analice en este caso concreto si se puede aplicar o no el indulto y cuál es esa limitación que traen los pactos internacionales y si estos pueden limitar una facultad presidencial”.


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Podría aplicarse. También consultado por el diario El Cronista, el profesor y abogado constitucionalista Jonas Elfman ponderó que en este caso el indulto podría ser aplicado. El artículo 36, según interpreta, no le impide a Alberto Fernández usar este recurso ya que “aplica a supuestos de levantamientos contra el orden democrático constitucional. Estos son delitos de corrupción y por más que sean muy graves no son lo mismo”, opinó.

Además, marcó que existe jurisprudencia que indica que el Poder Ejecutivo puede otorgar indultos a casos sin condena firme, tal como lo hizo el ex presidente Carlos Saúl Menem a civiles y militares partícipes de crímenes de lesa humanidad.

Paralelamente, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez definió que “el indulto funciona cuando existe una condena que establece una pena y que luego haya quedado firme, aunque la jurisprudencia de la Corte Suprema sostiene que es posible para una persona procesada no condenada, y procesada y que apela”.

Al interpretar integralmente el artículo 36, Gil Domínguez estableció que “que no deberíamos aceptar que la afectación del orden democrático es más intensa cuando se quiebra el orden institucional que cuando se cometen delitos de corrupción”.

Antecedentes. Estos son los casos de aplicación del indulto presidencial que presenta la jurisprudencia constitucional, aplicados por distintos presidentes.

Hipólito Yrigoyen. En 1929, lo dispuso a favor de Simón Radowitzky, el militante anarquista que mató al coronel Ramón Falcón, jefe de la Policía de Buenos Aires. El hecho

se produjo a raíz de una feroz represión contra los trabajadores y familiares de la Federación Obrera Regional Argentina (FORA), en el acto del 1° de mayo de 1909, que arrojó un saldo de 12 víctimas fatales.

Juan Domingo Perón. Indultó en 1950 a Ricardo Balbín, detenido luego que la Cámara de Diputados dispusiera su desafuero, para responder por 11 causas que le iniciaron por desacato al presidente de la Nación, que por entonces constituía delito según el artículo 244 del Código Penal. Balbín había rechazado el indulto, pero igualmente salió en libertad en enero de 1951.

Héctor Cámpora. Horas después de su asunción, el 25 de mayo de 1973, decretó un indulto que incluía los delitos cometidos por “por móviles políticos, sociales, gremiales o estudiantiles”. La medida abarcó tanto a quienes habían sido condenados como a quienes estaban bajo proceso, y se enmarcó en las condenas hacia militantes populares integrantes de Montoneros y otras organizaciones políticas y guerrilleras, durante la denominada Revolución Argentina (1966-1973).

Carlos Saúl Menem. A través de 20 decretos, sancionados entre el 6 de octubre de 1989 y el 30 de diciembre de 1990, indultó a civiles y militares que cometieron crímenes durante la última dictadura militar, autodenominada Proceso de Reorganización Nacional. Incluyó a los militares condenados en el Juicio a las Juntas de 1985, al procesado ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz y a los líderes de las organizaciones guerrilleras.​ Mediante estos decretos fueron indultadas más de 1.200 personas.

Amnistía. Durante la presidencia de Arturo Frondizi (1958-1962), el Congreso de la Nación concedió una amnistía amplia y general para todos los delitos políticos, comunes o militares realizados hasta la promulgación de la misma ley 14.436, que así la dispuso, que comenzó a regir del 22 de mayo de 1958.

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