La medida alcanza, entre otras, a las producciones ganadera, hortícola y frutícola afectadas por inundaciones, tormentas de lluvia y granizo, incendios y heladas tardías entre fines de 2018 y este año.
En el marco de la Ley N°26.509, la Comisión en relación a Santiago del Estero, recomendó ampliar la declaración prevista por el Decreto Provincial N°49/2019 y la Resolución N° RESOL-2019-19-APN-SGA#MPYT del 24 de enero de 2019 de la entonces Secretaría de Gobierno de Agroindustria, e incorporar a la declaración a las explotaciones agropecuarias damnificadas por inundaciones ubicadas en las localidades de Malbrán, Colonia Libertad, La Aurora, Quebrachitos, El Tropezón, El Guazuncho, Las Abras, El Oso, Campo Alegre y Palmar del Departamento Aguirre; y las localidades La Providencia, La Recompensa y El Aybal del Departamento Mitre a la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por un plazo de 12 meses, a partir del 1 de enero de 2019.
Para la provincia de Río Negro, se recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por un plazo de 1 año, desde el 6 de agosto de 2019, para los productores frutihortícolas, de frutos secos y de vid, de las localidades de Allen, Cervantes, Cinco Saltos, Cipolleti, General Enrique Godoy, General Roca, Ingeniero Huergo, Fernandez Oro, Villa Regina y Chichinales del Departamento General Roca; la localidad de Conesa del Departamento General Conesa, la localidad de Río Colorado del Departamento Pichi Mahuida y las localidades de Lamarque, Chimpay y Luis Beltrán del Departamento Avellaneda afectados por el fenómeno de tormentas de lluvia y granizo acaecidos entre los meses de octubre de 2018 a febrero de 2019. Asimismo, se determina que el 6 de agosto de 2020 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas.
Mientras que para la provincia de Mendoza, se recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a partir del día 3 de septiembre de 2019 hasta el 31 de marzo de 2021 para los productores agropecuarios cuyas explotaciones hayan sido perjudicadas por heladas tardías, durante el ciclo productivo 2019/2020, que desarrollan su actividad en diversos distritos de los Departamentos Guaymallén, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín, San Carlos, Tunuyán, Tupungato, General Alvear y San Rafael. Asimismo, se determina que el 31 de marzo de 2021 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas.
A su vez, se recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 20 de julio de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2020, a las explotaciones ganaderas perjudicadas por incendios registrados el 20 y 21 de julio de 2019, que se encuentran ubicadas en los Departamentos Tupungato y Luján de Cuyo. Asimismo, se determina que el 31 de diciembre de 2020 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones ganaderas afectadas.
De la reunión de la Comisión participaron el subsecretario de Fruticultura de Río Negro, Javier de Azevedo; el jefe de Gabinete del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía de la Provincia de Mendoza, Alfredo Aciar; y por videoconferencia el Director de Agricultura de la Provincia de Santiago del Estero, Wilson Michelini. Además, estuvieron presentes representantes del Banco de la Nación Argentina, Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, INTA, Servicio Meteorológico Nacional (SMN), Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP); Sociedad Rural Argentina (SRA) y CONINAGRO.
Fuente: Agroindustria