Higiene de envases plásticos para embalaje de frutas y hortalizas

La Resolución 1057/2018, sobre los requisitos de higiene para envases reutilizables, fue publicada en el Boletín Oficial con la firma del presidente del Senasa, Ricardo Negri.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció requisitos para el lavado de envases plásticos reutilizables para el embalaje de frutas frescas y hortalizas, y la inscripción en su Sistema Único de Registro (SUR) de todas las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos en donde se efectúe tal actividad.

Así lo dispone la Resolución 1057/2018, publicada en el Boletín Oficial con la firma del presidente del Senasa, Ricardo Negri, cuya vigencia será por 4 años a partir del 28 de diciembre de 2018.

“La norma reestablece el proceso de lavado en un principio dispuesto por razones fitosanitarias, ahora fortalecido por razones de higiene e inocuidad, esperando que el uso de envases plásticos reutilizables, debidamente lavados, sea una opción de reemplazo de envases de otro tipo de materiales cuyo reuso puede afectar negativamente las condiciones de inocuidad y calidad de frutas y hortalizas transportadas”, explicó el director de Inocuidad de Productos de Origen Vegetal del Senasa, Alejandro Fernandez.

La medida incorpora al Sistema Único de Registro (SUR) del Senasa la identificación de los establecimientos de lavado y desinfección de envases plásticos reutilizables destinados al embalaje de frutas y hortalizas frescas en el ámbito de aplicación del Sistema de Control de Frutas y Hortalizas (SICOFHOR).

También establece la identificación en el SUR de todas las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos en donde se efectúe el lavado y desinfección de envases plásticos reutilizables para embalaje de frutas y hortalizas frescas dentro del ámbito de aplicación del SICOFHOR.

Esta identificación se debe renovar cada año. Para ello cada interesado debe iniciar el trámite correspondiente con anterioridad a la fecha de vencimiento de la identificación vigente; de no hacerlo se producirá la baja automática de la identificación.

La iniciativa también detalla el procedimiento que deben realizar los establecimientos para solicitar por primera vez la identificación en el SUR del Senasa.

El interesado, que puede optar por realizar el trámite personalmente o a través de la plataforma digital Trámite a Distancia (TAD), debe presentar:

  1. Formulario de Solicitud de Alta/Renovación de Identificación en el Sistema Único de Registro disponible en la página web del Senasa.
  2. Certificado de habilitación provincial y/o municipal, según corresponda.
  3. Plano de las instalaciones del establecimiento.
  4. Memoria descriptiva del proceso que se desarrolla, especificando particularmente los productos limpiadores y sanitizantes y sus concentraciones, temperaturas, tiempos de residencia de los envases reutilizables en cada etapa del proceso y método de identificación de cada lote o partida de envases tratados, como así también los métodos de control que se proveen.
  5. Análisis de agua de suministro para los enjuagues finales, cuyos resultados deben respetar lo establecido en el Capítulo XII del Código Alimentario Argentino.
  6. Abonar el arancel correspondiente al “Servicio de Emisión del Certificado de Alta y Constancias Varias”.

 

Fuente: SENASA