El Gobierno acelera el envío al Congreso del proyecto de Ley de Promoción de Inversiones y Empleo

El Gobierno acelera el envío al Congreso del proyecto de Ley de Promoción de Inversiones y Empleo

Tras el contundente triunfo en las elecciones legislativas del último domingo, que anticipa una nueva composición del Congreso a partir del 10 de diciembre, el Gobierno nacional busca aprovechar el impulso político y avanza con la presentación de una serie de proyectos considerados clave para consolidar su modelo económico.

Uno de ellos es la Ley de Promoción de Inversiones y Empleo, que ingresaría en las próximas horas a la Cámara de Diputados. La iniciativa contempla, entre otros puntos, una serie de cambios orientados a una “modernización laboral”.

Según se detalla en los fundamentos, el texto “pretende institucionalizar un modelo económico que actualice y mejore las condiciones que regulan la relación entre empleadores y trabajadores”. Además, busca fomentar la contratación de personal mediante la actualización de normas laborales —incluidas las del trabajo agrario— y la implementación de bonos de crédito fiscal y mecanismos de empalme entre programas sociales y empleo registrado para nuevas incorporaciones.

Reforma laboral: los cambios en la Ley de Trabajo Agrario

El proyecto introduce modificaciones en la Ley N° 26.727 de Trabajo Agrario, aunque la mayoría son de forma. El primer cambio aparece en el artículo 3°, que define las exclusiones del régimen.

El texto propuesto establece que la ley no se aplicará, entre otros, al personal dedicado principalmente a actividades industriales, comerciales o turísticas, ni a trabajadores que realicen tareas ajenas a la actividad agraria. También excluye al personal administrativo, al dependiente del Estado y a quienes se desempeñen en cosecha o empaque de frutas, que continuarán bajo el régimen de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744).

La principal novedad radica en la actualización del inciso referido al servicio doméstico, que ahora remite a la Ley 26.844 —régimen de personal de casas particulares—, reemplazando la referencia al antiguo Decreto 326/56. Asimismo, se elimina el inciso g) de la versión vigente, que exceptuaba a trabajadores incluidos en convenios colectivos anteriores a la ley 22.248.


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Un cambio de fondo en la solidaridad laboral

Donde sí se introduce una modificación significativa es en el artículo 12, relativo a la contratación, subcontratación y cesión de trabajadores.

La nueva redacción dispone que los empleados serán considerados directos de quien los registre, pero que la empresa usuaria será solidariamente responsable solo por las obligaciones laborales y previsionales correspondientes al período de prestación efectiva. Además, mantiene la excepción para los propietarios que arrienden tierras sin constituir explotaciones productivas.

En la versión actual de la ley, en cambio, la responsabilidad solidaria es más amplia: alcanza a todos los que contraten o subcontraten trabajos agrarios, exigiendo el cumplimiento de las normas laborales y previsionales por parte de los terceros involucrados.

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