Es la que presentaron la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Sociedad Rural de Jesús María (SRJM), aduciendo que el Poder Ejecutivo había perdido las facultades para exigir el pago de derechos de exportación, al finalizar 2021 y no haberse aprobado el presupuesto 2022.
El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 1 de la Ciudad de Buenos Aires, Enrique Alonso Regueira, se declaró competente para tratar la causa colectiva iniciada por la SRA y la SRJM, en febrero pasado.Por tal motivo, Alonso Regueira hizo lugar al planteo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y le requirió al Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba -que ya falló en favor del campo-, a cargo de Ricardo Bustos Fierro, que remita la causa a la Ciudad de Buenos Aires.
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En conjunto, la SRA y la SRJM plantearon la inconstitucionalidad de la continuidad del cobro de retenciones, luego de que el Poder Ejecutivo prorrogara por decreto la vigencia de la ley de Presupuesto 2021 y sus modificatorias.
“La acción entablada se dirige contra la conducta desplegada por la AFIP-Aduana y contra determinados decretos dictados por el Poder Ejecutivo Nacional”, señaló Alonso Regueira en su fallo, en el que señala que la demanda “tiene carácter colectivo y que la composición del colectivo incluye a todos los productores agropecuarios del país”.
Por tal razón, el magistrado concluyó que “se trata de actos emanados de autoridades públicas con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos efectos no se circunscriben a una jurisdicción específica, sino que éstos se producen respecto de la totalidad del territorio nacional”.
“En tales condiciones, corresponde admitir la inhibitoria solicitada (por la AFIP) y declarar la competencia de este fuero en lo Contencioso Administrativo Federal”, remarcó.
Inconstitucional e ilegítimo. La presentación de la SRA y la SRJM se realizó ante la Justifica Federal de Córdoba, el 21 de febrero pasado, por entender que “al caer la Ley de Emergencia y no aprobándose el Presupuesto, las retenciones a partir del primero de enero de 2022 deberían ser cero”, según precisó el presidente de la entidad nacional, Nicolás Pino.
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En ese convencimiento, ambas entidades reclamaron que la Justicia Federal “declare la inconstitucionalidad e ilegitimidad del cobro de derechos de exportación con posterioridad al 1 de enero del año 2022”, y que un nuevo esquema sea discutido en el Congreso Nacional, ámbito que entienden es el adecuado para establecer las políticas tributarias.
Pero desde el Gobierno sostienen que “las medidas que se dictan en uso de facultades vigentes a ese momento siguen vigentes hasta que se derogan y eso no ha sucedido”.