La reciente resolución 1278/2024, emitida por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), introduce cambios significativos en la normativa aplicada a buques y barcazas en el contexto de la exportación de granos. Esta actualización está diseñada para simplificar y agilizar la operación de transporte, excluyendo los buques que manejan mercancías que no requieren certificación sanitaria nacional.
Con la implementación de esta norma, se busca reducir la redundancia en controles y optimizar los procedimientos de supervisión aplicados por el SENASA. Se definen con mayor claridad las áreas de control y se mejoran los criterios para evaluar el desempeño de las entidades certificadoras. Además, la resolución se aplica a diversos espacios como puertos fluviales, marítimos y zonas de espera, garantizando un marco regulatorio efectivo para la carga de bodegas de buques y barcazas.
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Uno de los principales beneficios de la resolución 1278/2024 es la eliminación del control sobre los tanques de buques, lo cual simplifica el trámite del certificado de aptitud. Este certificado poseerá validez para múltiples terminales, resultando en un proceso más eficiente. Asimismo, los plazos de comunicación para empresas se extienden a 48 horas, mientras que el período de evaluación de las entidades certificadoras se amplía a seis meses. Estos cambios reflejan el compromiso de SENASA con la mejora continua de la regulación, cooperando entre el sector público y privado para crear un sistema que favorezca la transparencia y la integridad.