Brucelosis

Todo lo que es necesario saber acerca del nuevo plan contra la enfermedad.

Este año, las autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) lanzaron un plan que se propone eliminar de manera definitiva la presencia de brucelosis –una zoonosis– en todo el territorio argentino.

En 2002, por medio de la resolución 150/02 del Senasa, se había implementado el Programa de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina en todo el territorio argentino. Como tal, se dispuso la vacunación antibrucélica obligatoria (cepa 19) para el 100% de las terneras de tres a ocho meses de edad.

“La vacunación antibrucélica constituye la principal herramienta para mantener a la enfermedad en niveles de baja prevalencia”, explicó Jorge Hart, responsable del Programa de Brucelosis Bovina en Senasa, durante una charla ofrecida en una reunión realizada por la Comisión Nacional de Lechería de CREA en la sede porteña de la entidad.

Esa norma permitió que, a través de tres diagnósticos negativos consecutivos de todas las categorías susceptibles –seguidos de recertificaciones anuales–, un total de 7839 tambos (71% del total nacional) obtuviera la certificación de establecimientos libres de brucelosis.

“Sin embargo, el número total de tambos, cabañas y campos de cría certificados (9380) representa apenas un 4% del total de los establecimientos bovinos, lo que implica que no tenemos certezas respecto del estado sanitario de la mayor parte de los establecimientos”, indicó Hart.

El último relevamiento realizado por Senasa en 2014 sobre una muestra representativa de 810 establecimientos detectó que 12,3% contaba con campos donde había presencia de animales infectados con brucelosis. Sobre un total de 30.508 animales muestreados, la prevalencia de infectados fue del 0,8%, lo que indica que los casos positivos correspondieron principalmente a campos con pocos animales.

“Ocurre que estábamos dirigiendo muchas acciones de diagnóstico de la enfermedad sobre establecimientos certificados como libres, mientras que no sucedía lo mismo con los no certificados, de manera tal que teníamos que focalizar nuestras acciones en aquellos que no estaban incluidos en el plan para detectar a los que tenían presencia de la enfermedad”, comentó el técnico del Senasa.

En ese marco, en abril de este año el Senasa, a través de la resolución 67/19, puso en vigencia una nueva estrategia nacional para el control y erradicación de brucelosis bovina, que determina que todos los establecimientos del país que realicen actividad reproductiva (cría, tambo y cabaña) están obligados a realizar un diagnóstico serológico de la totalidad de los animales susceptibles por parte de un veterinario acreditado. El plazo para el cumplimiento de esa exigencia vence el 3 de abril de 2021.

Ante resultados positivos a brucelosis, el productor, junto con el veterinario acreditado, deben diseñar y presentar en la oficina local del Senasa un plan de saneamiento para eliminar la infección de su rodeo. El plazo para la presentación del plan de saneamiento es de 60 días a partir de la emisión de resultados positivos por parte del laboratorio.

El plan elaborado por el veterinario y el productor debe establecer dos acciones con fechas de cumplimiento efectivo: la fecha de eliminación de los animales positivos y la fecha del próximo diagnóstico serológico. Los individuos positivos son registrados de acuerdo al número de caravana e ingresan a un “stock de positivos” en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa) para luego verificar su eliminación.

Cumplidas esas acciones, en caso de que no haber eliminado aún la enfermedad del rodeo, el productor junto con su veterinario debe presentar nuevas fechas para continuar con el trabajo de saneamiento anual. “El proceso debe culminar lo antes posible para evitar que la enfermedad siga dispersándose en el rodeo, a pesar de haberse establecido un plazo de hasta tres años para su finalización”, detalló Hart.

El plan de saneamiento termina cuando se presenta el segundo diagnóstico negativo de la totalidad de los animales susceptibles en un intervalo de seis a doce meses posterior al primer diagnóstico negativo. A partir de ese momento, el establecimiento obtiene el estatus de libre de la enfermedad.

 

“Lo que vamos a hacer es modificar la manera de mantener el estatus de establecimiento libre de la enfermedad: en vez de realizar un trabajo de certificación que exija un diagnóstico de la totalidad de los ejemplares, el procedimiento se va a realizar mediante un proceso de vigilancia epidemiológica sobre la base de un muestreo parcial representativo. Los tambos podrán optar por realizar esa vigilancia a través de diagnósticos de leche llevados a cabo cada 90 días”, remarcó Hart.

Movimientos

Los establecimientos que no hayan realizado el diagnóstico obligatorio o que cuenten con casos positivos deberán presentar un Certificado de Seronegatividad para el Movimiento (CSM) de los animales.

El CSM se genera por la carga de los resultados serológicos negativos emitidos por los laboratorios, mediante autogestión del veterinario acreditado en el Sigsa, o bien en forma presencial en la oficina local del Senasa. Dicho certificado tendrá una validez de 60 días a partir de la toma de la muestra indicada en el protocolo de resultados emitido por el laboratorio.

No se requerirá el CSM previo a su traslado cuando se envíen ejemplares a otros establecimientos registrados como explotación exclusiva de engorde (invernada o feed lot), a remates feria con motivo invernada o faena, a faena directa y a establecimientos pertenecientes a un mismo titular (destino a sí mismo), siempre y cuando posean iguales condiciones sanitarias y sean el único ocupante en el establecimiento de destino.

“Estimamos que el nuevo plan sanitario logrará erradicar la presencia de brucelosis en un lapso de 10 a 15 años”, proyectó Hart (ver gráfico 3) Para más información, los interesados pueden comunicarse con la Mesa de Ayuda del Programa de Brucelosis Bovina del Senasa al (011) 4121 5410, de lunes a viernes de 8 a 16 o enviar un correo electrónico a brucelosisbovina@senasa.gob.ar.

 

Fuente: CREA

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