Condenados por usurpar un campo, deberán hacer tareas comunitarias durante 2 años
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de la ciudad de Gualeguaychú, Entre Ríos, condenó a 4 personas por la usurpación de un campo de 125 ha de la familia Robles ubicado en el distrito Costa Uruguay Sur, perteneciente al Departamento Gualeguaychú de la Provincia de Entre Ríos.
Las penas establecidas, de entre 1 año y 3 meses, y 6 meses, son de ejecución condicional por ser inferiores a 3 años, razón por la cual también incluyen la realización de tareas comunitarias, durante 2 años, en instituciones públicas de la mencionada ciudad entrerriana.
El hecho juzgado se produjo los días 11 y 12 de noviembre de 2021, cuando esgrimiendo argumentos vinculados a un presunto derecho hereditario que quedó completamente desestimado durante el proceso judicial, 4 personas ingresaron al campo de la familia Robles, mientras sus legítimos propietarios no se encontraban en el lugar.
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Logística. Los usurpadores reemplazaron el candado que cerraba la tranquera del campo de la familia Robles -de 125 hectáreas, dividido en 5 parcelas de 25 ha cada una- e ingresaron al establecimiento. Una vez allí, ocuparon el campo utilizando vehículos y estableciendo una logística específica para no permitir el ingreso de los verdaderos dueños.
Al advertir la situación, la familia damnificada denunció a los intrusos ante la Unidad Fiscal de Gualeguaychú, al tiempo que recibió el apoyo de las entidades agropecuarias y de productores vecinos del distrito Costa Uruguay Sur, quienes se movilizaron, preocupados porque se registraran otras usurpaciones en campos cercanos.
Un año y cuatro meses después, después de producido el hecho, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú -integrado por los jueces Arturo Dumón, Mauricio Derudi y Alicia Vivian- condenó a 4 personas, todas ellas domiciliadas en el departamento Gualeguaychú.
Condenas. El adelanto de sentencia establece condenas de 1 año y 3 meses de prisión para Ramiro Carlés, como autor intelectual y material del hecho; de 1 año, para Mario Ceferino Carlés y Julio Herrera como coautores, y de 6 meses, para Héctor Bernigaud, en su carácter de partícipe necesario. Además, para todos ellos rige la prohibición de acercamiento de hasta 2.000 m al campo en cuestión, como así también el impedimento de hacer comentarios del hecho en los medios de comunicación.
Debido a que ninguna de las condenas supera los 3 años, razón por la cual son de ejecución condicional, la pena incluye la realización de tareas comunitarias, durante 2 años, en instituciones públicas de la ciudad de Gualeguaychú. En abril, se conocerá la sentencia completa y a partir de su difusión correrán los plazos legales para la presentación de recursos de apelación.
La abogada de la familia Robles, propietaria del campo, Amelia Angerosa, en declaraciones periodísticas a medios de comunicación locales, que “esta condena tiene una trascendencia educativa para toda la sociedad, porque les dice a otras personas que pretendan quedarse con la propiedad privada ajena que no pueden hacerlo porque existen consecuencias”.
Buena señal. Por su parte, en diálogo con el diario La Nación, Sergio Dalcol, presidente de la Sociedad Rural de Gualeguaychú, consideró “una muy buena señal que estas personas hayan sido condenadas” y agregó: “Podemos debatir si tendría que haber sido por más tiempo o con cumplimiento efectivo de la pena, pero al menos fueron condenados más allá de la posibilidad que tienen de apelar ante la resolución judicial, según lo permite la ley”.
También sostuvo que “es una muy buena señal para que las personas piensen, para que recapaciten antes de cometer ilícitos, sobre todo en relación a lo que muchas veces ocurre con el campo, donde se producen hechos de violencia, como asaltos o usurpaciones, por estar lejos del casco urbano; este tipo de delito parece que se ha puesto de moda y lamentablemente lo vemos frecuentemente en las noticias de la tele”, comentó.
Dacol consideró que “este tipo de cosas no pueden ser gratuitas para nadie, porque viviríamos en una anarquía. Comparto la resolución judicial, y destaco la intervención oportuna desde un comienzo. La Justicia de Gualeguaychú actuó correctamente, restituyendo el inmueble a quienes eran los propietarios damnificados, sin perjuicio de que las personas que ingresaron al campo pudieran demostrar su vínculo con el mismo, que quedó demostrado no tenían argumentos, razón por la cual fueron condenados. Estamos contentos con la celeridad y eficiencia con la que actuó la Justicia en este caso”, concluyó.