El 13 de enero del 2020, la Comisión Europea determinó no renovar la aprobación de la sustancia activa tiacloprid (Reglamento N˚ 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y modificación del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) N˚ 540/2011 de la Comisión).
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) identificó un problema crítico relacionado a la contaminación de aguas subterráneas, y su toxicidad en aspectos reproductivos (categoría B) (Reglamento (CE) N˚ 1272/2008).
Desde la entrada en vigencia de dicha decisión, los Estados miembros de la UE retiraron las autorizaciones de los productos fitosanitarios que contengan la sustancia activa tiacloprid hasta el 3 de agosto pasado.
Todo período de gracia concedido por los Estados miembros de conformidad con el artículo 46 del Reglamento (CE) N˚ 1107/2009, expiran el 3 de febrero de 2021.
Los LMR para tiacloprid podrían modificarse hasta los valores de determinación (0,01ppm) entre febrero y agosto del 2021. Por este motivo, se sugiere a los productores que destinan su exportación o gran parte de ella al mercado europeo y UK, prestar especial atención, al uso de esta herramienta en los programas sanitarios de la presente temporada.
El resto de los países importadores de fruta fresca argentina, mantienen los actuales valores de LMR.
Fuente: INTA por Liliana Cichón, Diego Agón, Silvina Alejandra Garrido